SEMINARIO
ANTONIO CASO
FILOSOFÍA
Y PSICOANÁLISIS
SEMINARIO FILOSOFÍA Y PSICOANÁLISIS
DEL CRIMEN
Universidad Internacional José Vasconcelos
Universidad Virtual Alfonsina
Coordinador del seminario
Dr.
LUIS TAMAYO PÉREZ
Psicoanálisis
y criminología
Hace más de dos décadas
el Dr. Louk Hulsman, catedrático de Derecho
penal de la Universidad de Rotterdam, sostuvo
en una entrevista con Foulek Ringelheim:
[…] “el sistema penal
crea al delincuente; en líneas generales
(el sistema penal) se ha mostrado incapaz para
realizar las finalidades sociales para las que
estaba destinado; toda reforma es ilusoria; la
única solución coherente es abolirlo.”
A lo que Foucault añade
(en su ensayo La vida de los hombre infames):
[Hulsman] “propone, en consecuencia,
descriminalizar la mayor parte de los actos y
comportamientos que la ley convierte en crímenes
o delitos, y sustituir el concepto de crimen por
el de “situación problema”.
En lugar de castigar o estigmatizar, se trataría
de intentar solucionar los conflictos por vías
de conciliación no judiciales. Habría
que contemplar las infracciones como si fueran
riesgos sociales, con lo cual lo esencial sería
la indemnización de las víctimas.
La intervención del aparato judicial quedaría
así reservada los asuntos graves o, en
última instancia, para aquellos casos en
que fracasen los intentos de conciliación
o las soluciones del derecho civil”. (1)
El aparato judicial occidental
moderno está en crisis y por ende es menester
revisarlo cuidadosamente para replantear sus fundamentos.
La justicia en la Grecia arcaica se decía
con el vocablo diké,
es decir, “lo que a cada uno corresponde
hacer”, la diké implicaba el “orden”;
la injusticia, en consecuencia, estaba ligada
al desorden, a la desmesura (hybris).
Años después el derecho romano estableció
que los criminales eran culpables por su desmesura
y de ello se derivó el sistema judicial
vigente, con sus variantes, en occidente. Para
el derecho romano el criminal es aquél
que se deja llevar por la desmesura y, en consecuencia,
comete crímenes. Es culpable de ello. Y
los demás poco o nada tenemos que ver,
somos simples testigos o, peor, víctimas.
Sin embargo, a partir de los aportes de Martin
Heidegger, el más importante filósofo
del siglo XX, dicho principio del derecho romano
ha sido puesto en cuestión. Tal y como
enseñó el sabio de Messkirch, para
los seres humanos el libre albedrío, clave
del acto “libre y responsable”, es
muy pequeño o nulo y nuestra libertad esta
determinada, es decir, para decirlo en otros términos,
el acto de elección entre el bien y el
mal es demasiado limitado o nulo y nada tiene
que ver con el concepto verdadero de libertad.
La libertad, indica el filósofo, se asume
al atarnos a nuestro destino, lo cual es paradójico
y nos obliga a repensar la culpa presente en el
acto denominado “criminal”.
En este seminario, con el apoyo de los casos de
famosos criminales, revisaremos este asunto con
cuidado.
1 Foucault, M., “¿A
qué llamamos castigar?”, en La
vida de los hombres infames, Altamira/Nordan,
Bs. As./Montevideo, 1993, pp. 224-225.
Objetivo general
En este seminario se estudiarán
las maneras diversas mediante las cuales la filosofía
occidental ha pensado la cuestión de la
justicia y el crimen con el objeto de plantear
alternativas de comprensión y resolución.
Este seminario, asimismo, contará con la
presentación de conferencias magistrales
de connotados psiquiatras y filósofos conocedores
de la cuestión: Dr. Antonio Ruiz Taviel
de Andrade, Dr. Alberto Constante y Dr. Carlos
Galindo, entre otros.
Temario
I. La Justicia en la historia
La justicia en la Grecia antigua
El juicio de la tortuga ente los bamilekés
Justicia y religión en el mundo hebreo
La providencia cristiana y el perdón del
crimen
Roma y la culpabilidad occidental moderna
II. La libertad en la filosofía
Libertad no es liberum arbitrium
La libertad heideggeriana
La corresponsabilidad
III. Las diversas reacciones ante la ley
Asunción
Ignorancia
Incumplimento culposo
Forclusion (repudio): cabo Lortie, Hermanas Papin,
Aimée, Goyo Cárdenas
Transgresión: las memorias de una infamia
de Lydia Cacho
IV. La justicia restaurativa
No un solo culpable sino corresponsabilidad
La búsqueda de soluciones compartidas
El objetivo: reparar a la sociedad
V. La reforma judicial 2008:
De la presunción de culpabilidad a la presunción
de inocencia
Los nuevos jueces: de control y de extinción
de la pena
Bibliografía
básica:
Platón, La república, UNAM.
Dufour, D.-R., Lettres sur la nature humaine a
l’usage des survivants, Calmann Levy.
Foucault, M., La vida de los hombres infames,
Siglo XXI.
Heidegger, M., El ser y el tiempo, Almagesto/Biblos.
Pradelles de Latour, Ch.-H., Etnopsychanalyse
en pays bamileké, EPEL.
Arendt, H., Los orígenes del totalitarismo,
Alianza Universidad.
Asimov, I., la ira de la tierra, Ediciones B.
Balkan, J. The corporation, Free Press.
Responsable:
Dr. Luis Tamayo
Pérez
Cuernavaca, Morelos, 3 de octubre de 2008
GOBIERNO
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
UNIVERSIDAD
VIRTUAL ALFONSINA
Centro
INAH- Morelos
|